jueves, 25 de noviembre de 2010

En defensa de la profesión, hasta el Supremo

En 2008 salieron publicadas las órdenes ministeriales que regulaban los títulos de Farmacia y EnfermeríaPara nuestra sorpresa entre las competencias que se otorgaban a los futuros graduados en Farmacia y Enfermería se incluían las siguientes:

Grado en Farmacia (apartado 3, punto 5 y apartado 5 del Anexo):
- Prestar consejo terapéutico en farmacoterapia y dietoterapia, así como en el ámbito nutricional y alimentario en los establecimientos en los que presten servicios.
- Adquirir las habilidades necesarias para poder prestar consejo terapéutico en farmacoterapia y dietoterapia, así como consejo nutricional y alimentario a los usuarios de los establecimientos en los que presten servicio.

Grado en Enfermería (apartado 5 del Anexo):
- Conocer y valorar las necesidades nutricionales de las personas sanas y con problemas de salud a lo largo del ciclo vital, para promover y reforzar pautas de conducta alimentaria saludable. Identificar los nutrientes y los alimentos en que se encuentran. Identificar los problemas nutricionales de mayor prevalencia y seleccionar las recomendaciones dietéticas adecuadas.

Ante esta situación, la AEDN convocó una reunión urgente con los Colegios Profesionales de Aragón, Baleares, Castilla la Mancha y Navarra para analizar y estudiar las competencias asignadas a Farmacia y Enfermería sobre nutrición y dietética, llegando a las siguientes conclusiones:

 Estas competencias promueven la aparición de conflictos entre profesionales, generan confusión entre el colectivo de profesioanles de la salud y contribuyen al intrusismo profesional.


- Estas competencias exclusivas de nuestra profesión chocan frontalmente con el espíritu de Bolonia ya que en Europa Farmacia y Enfermería no tienen competencias asignadas en materias de nutrición y dietética.

- Los grados de Farmacia y Enfermería chocan frontalmente con la leyes que protegen el ejercicio de la profesión de dietista-nutricionista, en concreto los reales decretos de nuestra propia titulación, las leyes de colegios profesionales y la propia Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS).

La reunión concluyó que era necesario poner en manos de los abogados de la AEDN esta injusta situación e interponer recurso contencioso contra las órdenes CIN de los grados de Farmacia y Enfermería.


Primer recurso, en la Audiencia Nacional
El despacho de abogados interpuso en nombre de la AEDN y de los Colegios Profesionales de Aragón, Baleares, Castilla la Mancha y Navarra un contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional solicitando que se eliminaran las competencias propias de nuestra profesión de las órdenes ministeriales que regulan los títulos de Farmacia y Enfermería, y adecuarlos a la legalidad. 

La Audiencia Nacional desestimó la demanda. Sin embargo, se obtuvo un primer gran éxito porque los jueces sentenciaron que no estimaban la demanda porque en materias de conocimientos y competencias profesionales "no es comparable las funciones de los dietistas-nutricionistas con las de farmacéuticos o enfermeros".

Además, la sentencia recoge íntegramente y por primera vez en nuestra historia, las competencias recogidas en el Documento de Consenso sobre el Perfil Profesional de los Titulados Universitarios en Nutrición Humana y Dietética firmado entre las universidades españolas y la AEDN.

Analizada la sentencia se llegó a la conclusión de que era en parte satisfactoria, sin embargo se creyó conveniente seguir luchando y recurrir ante el Tribunal Supremo. 

Y nos fuimos al Supremo
Interponer una recurso ante el Tribunal Supremo requiere de una técnica de casación muy complicada.¿Y porqué es tan difícil? Cuando se pierde una sentencia en la Audiencia Nacional no se puede acudir al Supremo por el simple hecho de no estar de acuerdo con el fallo de los jueces, es decir, no se puede solicitar a los jueces del Tribunal Supremo que vuelvan a juzgar algo que ya ha sido juzgado en la Audiencia Nacional.

Para poder llegar al Tribunal Supremo hay que demostrar que la sentencia no da respuesta a algo que se ha solicitado en la demanda o simplemente que la sentencia contraviene alguna Ley.

La técnica de casación para llegar al Supremo es muy compleja y por eso la mayor parte de los recursos son rechazados.

Lo teníamos muy difícil… pero LO CONSEGUIMOS

El Tribunal Supremo ha aceptado a trámite los recursos de casación interpuestos por la AEDN y los Colegios Profesionales contra los grados de Farmacia y Enfermería.

Esto significa que los jueces del Tribunal Supremo ven indicios racionales que sostienen el recurso presentado, y ganemos o perdamos el recurso, su pronunciamiento vendrá a dar luz al caos que se promueve cuando se entregan tan a la ligera a otros profesionales las competencias propias de los dietistas-nutricionistas.

Seguramente pasen algunos años hasta que tengamos una sentencia del Tribunal Supremo.

Mientras tanto, seguiremos luchando desde la AEDN y sus Asociaciones y Colegios Profesionales por el bien de la profesión, pero sobre todo por el bien de los ciudadanos de este país que se merecen ser atendidos por auténticos profesionales de la nutrición humana y dietética: los dietistas-nutricionistas.

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