miércoles, 19 de enero de 2011

En el ámbito laboral

Al Colegio Oficial de Diestistas-Nutricionistas de Illes Balears antes de dirigir a sus asociados y previo a avalar con su nombre cualquier oferta que se le plantee, remite al interlocutor de la oferta, sea directo o indirecto, las siguientes preguntas: 

¿Es la oferta laboral para la atención en una consulta de nutrición y dietética? En su caso. ¿Dónde desarrollaría sus funciones el d-n?

¿La consulta es gratuita? ¿Cobra el dietista-nutricionista la consulta al paciente?

¿Se venden productos dietéticos o de herbodietética al paciente para integrarlos en el plan de alimentación propuesto por el dietista-nutricionista?
¿Tiene el dietista-nutricionista libertad para pautar las dietas o se debe ceñir a un protocolo estándar de dietas ya preestablecidas?

Las respuestas determinan si el d-n está considerado un profesional y qué condiciones se establecen para el ejercicio de su profesión. 




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